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El Ministerio planearía un sistema judicial en RD

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El proyecto tiene como proponentes a los senadores Cristóbal Venerado Antonio Castillo Liriano y Félix Ramón Bautista Rosario.

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Sesión de la Cámara de Diputados este martes. No llegó el Código Penal desde el Senado.

Con el voto en contra de los legisladores de la Fuerza del Pueblo (FP), la Cámara de Diputados (CD) aprobó en dos lecturas consecutivas el proyecto de Ley Orgánica que crea el Ministerio de Justicia (MJ), con el fin de organizar el sistema de justicia dominicano, el cual regresa al Senado ya que sufrió algunas modificaciones.

El proyecto tiene como proponentes a los senadores Cristóbal Venerado Antonio Castillo Liriano y Félix Ramón Bautista Rosario. En uno de sus considerandos, se considera necesario delimitar las atribuciones de persecución criminal, inherentes al Ministerio Público, de ciertos servicios meramente funcionales y administrativos.

Entre esos servicios se menciona: la gestión del sistema penitenciario, dejando en manos del MJ el registro y certificación de documentos oficiales y notariales, así como la prestación de ciertos servicios a la ciudadanía y a las asociaciones sin fines de lucro.

La Comisión Permanente de Justicia, presidida por el diputado Wandy Batista, a cargo del estudio del proyecto, decidió presentar al Pleno de la CD un informe favorable con modificaciones, recomendando al mismo tiempo el voto positivo para su aprobación.

Se tomó en cuenta que la República Dominicana constituye un Estado Social y Democrático de Derecho, lo que, en materia de justicia, implica la concepción y ejecución de normas y políticas públicas dirigidas a fortalecer el acceso a la justicia y la protección de los derechos de las personas en el marco del sistema de justicia.

Se indicó que el Ministerio de Justicia formó parte de la estructura estatal dominicana durante los primeros 120 años de la República, con breves períodos de interrupción, desde la proclamación de la Constitución de San Cristóbal, el 6 de noviembre de 1844, hasta la promulgación de la Ley 485, del 10 de noviembre de 1964, que suprime la Secretaría de Estado de Justicia y traslada sus atribuciones a la Procuraduría General de la República (PGR).

Este MJ se crea como órgano de planificación, dirección, coordinación y ejecución, según corresponda, de las atribuciones delegadas por la Constitución y las leyes al Poder Ejecutivo para la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad.

También incluye la colaboración funcional y administrativa al Sistema de Justicia, la representación judicial y extrajudicial del Estado y de la Administración Pública.

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