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Esta sentencia del TC tiene la calidad de cosa juzgada y es definitiva.
El Tribunal Constitucional rechazó los recursos de revisión presentados por Grupo Abrisa y el consorcio Aeropuerto Internacional Bávaro (AIB), que pretendían invalidar dos decisiones previas de la Suprema Corte de Justicia que impiden la construcción de dicha obra.
Con esta sentencia TC/0496/25, el Tribunal Constitucional ratificó íntegramente las Sentencias núm. SCJ-TS-23-1451 y SCJ-TS-24-0479 de la Suprema Corte de Justicia.
Con esta decisión, adoptada por mayoría cualificada, la alta corte afianza la autoridad de la cosa juzgada y desestima legalmente las peticiones del consorcio AIB, poniendo fin a la disputa legal en el sector aeronáutico dominicano en lo que va de siglo.
La mayoría de los jueces votó a favor y hubo dos votos en contra.
Los magistrados que votaron a favor fueron Napoleón R. Estévez Lavandier; Miguel Valera Montero; José Alejandro Ayuso; Fidias Federico Aristy Payano; Alba Luisa Beard Marcos; Manuel Ulises Bonnelly Vega; Sonia Díaz Inoa; Army Ferreira; Domingo Gil; Amaury A. Reyes Torres y María del Carmen Santana de Cabrera.
Mientras que los votos en contra fueron de los magistrados Alba Luisa Beard Marcos y José Alejandro Vargas Guerrero.
El fallo rechaza los recursos de revisión interpuestos por AIB contra dos decisiones previas de la SCJ, las cuales ya habían desestimado sus intentos de invalidar actos administrativos emitidos por el Estado. En sus argumentos, el TC concluye que no se produjeron violaciones al debido proceso, ni al principio de imparcialidad judicial, ni al derecho de defensa, como alegaba el consorcio.
Asimismo, valida la Resolución 024/20 del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), que había declarado lesiva al interés público una comunicación previa del mismo IDAC que autorizaba el inicio del proyecto. El decreto presidencial que respaldaba el contrato también fue derogado por el Poder Ejecutivo, tras una sentencia de la SCJ que lo declaró ilegal.
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