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Un sistema de justicia penal en crisis: leyes anticuadas, prisiones superpobladas y acceso deficiente a la salud

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La jueza María Garabito fue muy directa sobre el acceso a la salud de las personas en prisión: "La atención médica básica es, en ciertos casos, deficiente o inexistente".

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La jueza María Garabito fue muy directa sobre el acceso a la salud de las personas en prisión: “La atención médica básica es, en ciertos casos, deficiente o inexistente”. El juicio público contra el sistema de justicia penal prosigue este miércoles. Otros cinco actores clave del sistema judicial dominicano expusieron sin tapujos las injusticias sistemáticas que sufre la administración penal. Todos compartieron una visión: el sistema de justicia penal está colapsado, enredado en leyes arcaicas, prácticas desiguales, una reinserción social deficiente, condiciones de salud precarias para los presos y una visión estrecha que excluye a las víctimas y a los verdaderos actores sociales. En un ‘Panel de Expertos’, organizado por el Listín Diario y la Escuela Nacional de la Judicatura, participaron Mirna Ortiz, directora de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca); María Garabito, jueza de la Suprema Corte de Justicia; Rafael Báez, juez de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional; la jueza Kenya Romero; y Marcia Ángeles, defensora pública. En sus palabras iniciales, la jueza María Garabito fue muy directa con respecto al acceso a la salud de los reclusos: “Constituye uno de los temas más críticos y persistentes del sistema penitenciario dominicano. (…) Su materialización dentro de los recintos carcelarios está muy limitada”. “La atención médica básica es, en algunos casos, deficiente o inexistente. La escasez de personal capacitado, la falta de medicamentos, la precariedad de la infraestructura y la ausencia de sistemas efectivos de referencia y seguimiento, afectan gravemente a una población que de por sí ya es vulnerable”, enfatizó. La situación, explicó la jueza, se agrava en casos de personas con enfermedades crónicas, trastornos mentales o condiciones de discapacidad, quienes difícilmente acceden a una atención diferenciada, pero sobre todo continua. La directora de la Pepca analizó las “injusticias de la justicia penal” en República Dominicana, y afirmó que la principal “injusticia” es la impunidad, un tema poco abordado, a pesar de ser un factor determinante dentro del sistema. Ortiz advirtió que, pese a tener un Código Procesal Penal (CPP) moderno, la población carcelaria no ha disminuido, sino todo lo contrario: ha crecido de forma alarmante. Esto la llevó a cuestionar por qué, en lugar de desahogarse, las cárceles dominicanas están hoy más saturadas que nunca. Atribuyó esta impunidad, en gran medida, a la persistencia de leyes obsoletas, como el Código Penal de 1884, que aun en 2025 no ha sido reformado, tratando los delitos con una visión desfasada frente a la tecnología y las nuevas tipologías delictivas. “Si no adecuamos las leyes a los momentos actuales, no vamos a tener un sistema penal que funcione”, advirtió. Otro punto crucial que la magistrada subrayó giró en torno a la ausencia de la víctima en la discusión sobre reinserción, señalando que tradicionalmente, el sistema penal se ha enfocado en el procesado o imputado, dejando de lado a la víctima, quien es una “pata de la mesa” fundamental para hablar de justicia restaurativa y cumplimiento de penas en libertad. Ortiz también se refirió a la prisión preventiva y explicó que un factor grave que influye en el aumento de esa medida cautelar es la alta tasa de rebeldías. Argumentó que, en un país donde no existen sistemas para garantizar que una persona en libertad se presente al proceso, la única opción para el Ministerio Público y los jueces es la prisión preventiva. La coordinadora del Departamento Judicial de Santiago, Marcia Ángeles, alertó que a finales del año 2024, al menos 2,220 personas se encuentran privadas de libertad por no poder cumplir con medidas de coerción de garantía económica impuestas por los tribunales. Ángeles explicó que la prisión preventiva no siempre es impuesta por los jueces, pero que en su lugar se dicta una garantía económica que, en muchos casos, resulta imposible de cumplir para los imputados. “Va Juan, por ejemplo, que es una persona que no tiene absolutamente un centavo, se le impone una garantía económica de RD$300,000. ¿Para dónde va? Para la cárcel. Viene Miguel que no puede pagar RD$200,000, ¿para dónde va? Para la cárcel”, ejemplificó. Ángeles señaló que esta situación afecta incluso a personas a las que se les imponen fianzas tan bajas como RD$500. “Solamente de esa cantidad, nosotros tenemos cerca de 500 personas privadas de libertad”, precisó la abogada. “Pero el número de personas que tenemos privadas de libertad por garantías económicas que van desde RD$500 hasta RD$20,000 llega ya a los 2,000 y pico de personas”. Y añadió: “Tenemos 2,220 personas privadas de libertad por una medida de coerción que no debió ser privativa de libertad, porque la garantía económica no se consiguió para que la persona vaya a prisión”. La jueza Garabito consideró que una de las debilidades persistentes del sistema judicial penal dominicano es la ausencia de una instancia técnica dedicada a recopilar y analizar información socioeconómica relevante sobre los imputados y condenados. Según Garabito, esta carencia impacta directamente en la determinación judicial de la pena, la cual debería fundamentarse en criterios objetivos, equilibrados y adaptados a la realidad individual de cada persona en conflicto con la ley. Destacó que el artículo 339 del Código Procesal Penal ya establece los criterios que el tribunal debe considerar al fijar la pena. Específicamente, el numeral 2 de ese artículo exige tomar en cuenta las características personales del imputado, su educación, situación económica y familiar, así como sus oportunidades laborales y de superación personal. Sin embargo, entiende, que en la práctica judicial dominicana, estos elementos rara vez son evaluados con información técnica o debidamente verificada. “Esto limita seriamente la posibilidad de una individualización real y justa de la pena”, afirmó. La jueza Garabito manifestó que, en la actualidad, los jueces deben ponderar estos factores cruciales para la equidad del fallo sin disponer de una instancia que les provea informes socioeconómicos objetivos, estandarizados y multidisciplinarios. Subrayó que esta falta de herramientas adecuadas impide a los operadores jurídicos aplicar de forma completa y razonada los principios que rigen la determinación de la pena. Ante esto, la jueza destacó que la creación de una oficina de probatoria es esencial para que los jueces puedan ejercer plenamente su función de dosificación penal conforme a derecho, con un enfoque de dignidad, proporcionalidad y reinserción social. El juez de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Rafael Báez, puntualizó que la verdadera injusticia no reside en la justicia misma, sino en el sistema penal en su conjunto. Hizo un llamado urgente a abordar la situación de las personas privadas de libertad con condiciones de salud críticas, como enfermedades degenerativas, neurodegenerativas, cáncer o VIH, que cumplen penas de prisión a pesar de las alternativas que ofrece la ley. Báez destacó que el artículo 342 del Código Procesal Penal establece claramente que los jueces pueden ordenar un régimen de prisión domiciliaria en casos de embarazo, personas mayores de setenta años o adicción crónica a drogas o alcohol. Esta medida, dijo, podría aplicarse bajo el control del juez de ejecución y las estructuras que el Poder Judicial está diseñando para brindar apoyo y servicios. Báez reconoció con franqueza la responsabilidad histórica de los jueces en el proceso de “prisionización”. Subrayó que el sistema penal está colapsado desde hace tiempo. Ante esta realidad, dijo, el Poder Judicial ha sido “democrático, participativo y abierto”, explicando a la comunidad y a la prensa lo que está sucediendo y proponiendo soluciones. Expresó su preocupación por los “acechos punitivas” que se avecinan con una codificación penal pendiente de aprobación en el Congreso. Advirtió que las penas podrían aumentar de treinta a cuarenta años, y el cúmulo de penas hasta sesenta años, extendiendo la posibilidad de la “biología” (se refiere a la prolongación indefinida de la condena, prácticamente de por vida). El Poder Judicial dominicano está reevaluando su enfoque tradicional en el tratamiento de casos, reconociendo que no todas las personas en conflicto con la ley tienen los mismos motivos o factores de riesgo. La jueza Kenya Romero, coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, señaló que esa evidencia ha revelado que el 70% de los delitos menores, que a menudo conducen a rebeldía judicial, involucran a personas con problemas de consumo de drogas. Esta realidad ha impulsado la implementación del Tratamiento Bajo Supervisión Judicial (TSJ), una iniciativa que busca una colaboración más estrecha entre el sistema de justicia y el sector salud. La jueza Romero explicó que la identificación de perfiles recurrentes, donde una misma persona acumulaba múltiples procesos judiciales en poco tiempo, llevó a una evaluación diagnóstica respaldada por la OEA. Esta evaluación mostró que imponer medidas como la presentación periódica a consumidores problemáticos era ineficaz, ya que su adicción les impedía cumplir, lo que resultaba en nuevas infracciones. Romero afirmó que el TSJ va más allá de un mero instituto procesal jurídico: es un modelo que reconoce la adicción como una enfermedad crónica. Desde el primer contacto, explicó, las personas con este perfil se someten a una evaluación diagnóstica realizada por trabajadores sociales y psicólogos judiciales, complementada con informes s

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