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¿Cuándo comenzará a operar el Ministerio de Justicia? Falta un nombramiento y luego empieza un plazo de hasta 12 meses

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Esto ocurre, ya que el inicio de las operaciones del Ministerio de Justicia está supeditado a la designación del responsable, tarea que compete al primer mandatario.

El Poder Ejecutivo comunicó el sábado pasado la promulgación de la ley que crea el Ministerio de Justicia, el cual se encargará de las funciones administrativas del sistema judicial del país.

El marco legal estipula en el artículo 72 que su contenido entra en vigor inmediatamente, una vez que el Gobierno finalice el proceso constitucional, etapa que ya ha concluido.

Sin embargo, el texto no fija un plazo para que el presidente Luis Abinader disponga el funcionamiento de esta entidad gubernamental. Esto es así, pues el comienzo de las operaciones del Ministerio de Justicia depende por completo de la designación del incumbente que debe hacer el primer mandatario.

Según lo establecido en el artículo 66, el Gobierno tendrá un plazo de 12 meses “máximo” para habilitar la institución, junto con los organismos autónomos y descentralizados adscritos, después de que su gerente sea designado mediante decreto presidencial.

“Plazo para la puesta en funcionamiento del Ministerio de Justicia. A partir de la designación del ministro de Justicia, se dispondrá de un plazo máximo de doce meses para la puesta en funcionamiento definitiva del Ministerio de Justicia y los organismos autónomos y descentralizados que les son adscritos”, establece el artículo mencionado.

Además, se determina que el funcionario deberá desarrollar una “estrecha coordinación” con cada una de las instituciones de las que asume alguna función. Estas son el Ministerio Público (MP), el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, el Ministerio de Relaciones Exteriores, así como cualquier otra entidad de los poderes judiciales y ejecutivo del Estado.

Este nuevo ministerio se encargará de la gestión de las operaciones penitenciarias en las 32 provincias del territorio nacional, auxiliará a los tribunales y órganos de investigación con los trabajos científicos forenses, y administrará el registro y certificación de los documentos oficiales, entre otras atribuciones.

Con esto, el Ministerio Público podrá enfocarse “únicamente” en las políticas de persecución criminal.

En cuanto a los fondos económicos de gestión y el personal, la ley ordena al funcionario comunicarse con el Ministerio de Administración Pública (MAP), la Dirección General de Presupuesto y la Dirección General de Bienes Nacionales para la asignación y traspaso de los activos correspondientes.

El artículo 68 de la ley establece para el presidente Luis Abinader los siguientes plazos para elaborar los reglamentos y las normativas:

– Un plazo máximo de seis meses, para la aprobación del reglamento general de aplicación de esta ley y el reglamento del Sistema Nacional de Derechos Humanos.

– Un plazo máximo de ocho meses, para la aprobación de los reglamentos correspondientes a la Dirección General de Servicios Penitenciarios Correccionales y la Oficina del Abogado General de la Administración Pública.

– Un plazo máximo de doce meses para la aprobación de cualquier otro reglamento que el Poder Ejecutivo considere necesario para la efectiva aplicación de esta ley.

Con la decisión del Poder Legislativo de aprobar la iniciativa que proponía esta nueva creación, el Gobierno eleva la lista de ministerios a un total de 24, en la actualidad.

No obstante, el presidente también logró la promulgación de la Ley 45-25, que fusiona el Ministerio de Hacienda con el de Economía, Planificación y Desarrollo, dando lugar al Ministerio de Hacienda y Economía.

La Presidencia pretende hacer lo mismo con el Ministerio de Educación y el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Mescyt), lo cual resultaría en una “reducción” del gabinete.

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