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Una de las señas más distintivas del sistema jurídico puertorriqueño, según el fiscal, es la aplicación de las Reglas de Procedimiento Criminal, que favorecen la negociación entre las partes para solventar la mayor parte de los casos.
El procurador de distrito de Bayamón, Gabriel Arredondo, con más de tres décadas de trayectoria, describió las semejanzas y diferencias entre el ordenamiento jurídico de Puerto Rico y el de la República Dominicana. Arredondo resaltó la profunda influencia del modelo estadounidense en el derecho puertorriqueño, sobre todo en la esfera penal.
Como ya se ha mencionado, la característica más llamativa del sistema boricua radica en el uso de esas normas procesales que privilegian la conciliación entre las partes.
En concreto, la Norma 72 permite que el Ministerio Público y la defensa alcancen convenios que evitan la totalidad del proceso judicial. Según Arredondo, esta práctica se da en más del noventa por ciento de los expedientes.
El vocero del Ministerio Público advirtió que, si no se logra un acuerdo, la Constitución de Puerto Rico prevé sanciones de prisión que pueden oscilar entre seis meses y noventa y nueve años, según la gravedad del hecho.
La vía legal se inicia con una denuncia policial que da paso a una investigación. Concluida ésta, el Ministerio Público presenta ante el tribunal una acusación, documento formal que contiene la imputación.
“Cuando se trata de un delito grave, se formula una acusación que, a diferencia de los extensos expedientes que pueden existir en otros sistemas, es un escrito sencillo de una sola página en Puerto Rico. En él se especifican la naturaleza del delito, la fecha, el lugar y los testigos”, subrayó el fiscal.
Arredondo defendió este esquema como eficiente y seguro, pues procura una solución veloz y previene la acumulación de causas.
Asimismo explicó que, en los procesos de negociación, el juez actúa como árbitro neutral y ambas partes deben consentir el pacto para que se materialice.
En casos de alta relevancia o que involucren recursos públicos, se informa a las entidades competentes para que el acuerdo sea acorde a la infracción.
El fiscal también comentó sobre la influencia de la opinión pública, indicando que el proceso judicial no debe ser manipulado por los medios, aunque resulta esencial que la población esté al tanto de lo ocurrido.
La claridad del procedimiento y la figura del juez son fundamentales para garantizar que los convenios sean equitativos y para mantener la confianza ciudadana en el sistema.
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