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El Tribunal Supremo únicamente valida uniones entre varón y mujer

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La institución recalcó que no dará por válidas uniones opuestas a dicho precepto constitucional.

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Santo Domingo, R.D.- El órgano electoral central (JCE) ratificó que en territorio dominicano solo se consideran válidos los enlaces matrimoniales entre varón y hembra, de acuerdo con lo estipulado en la Carta Magna y las normativas legales 4-23 y 198-11.

En un aviso difundido el 3 de noviembre de 2025, la administración electoral aclaró que solamente los encargados del Registro Civil y las congregaciones religiosas debidamente autorizadas tienen potestad para ejecutar o inscribir casamientos en la nación. La institución recalcó que no dará por válidas uniones opuestas a dicho precepto constitucional.

Esta declaración surge luego de que circularan en plataformas digitales imágenes de un rito nupcial entre dos varones efectuado en Santiago de los Caballeros, oficiado por el exrepresentante diplomático de Estados Unidos en la isla, Wally Brewster, quien compartió gráficas del suceso, calificándolo como un festejo de “afecto y equidad”.

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La JCE recordó que el artículo 55 de la Constitución quisqueyana determina de forma exclusiva que el matrimonio es el vínculo entre un hombre y una mujer, por lo cual las uniones homosexuales —si se llevan a cabo dentro o fuera del país— carecen de reconocimiento legal en la República Dominicana.

Para concluir, el organismo comicial enfatizó que no ha efectuado, presidido ni anotado, ni efectuará o anotará ningún casamiento que contravenga la Constitución dominicana o la legislación vigente, reafirmando su adhesión al marco legal del país.

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