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Indexar: La historia acerca a Hipólito Mejía con Leonel Fernández

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A partir de 1998, se comenzó a actualizar el umbral libre del Impuesto Sobre la Renta (ISR), manteniéndose sin interrupciones hasta 2013, para luego quedar fijo hasta 2016.

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A partir de 1998, se comenzó a actualizar el umbral libre del Impuesto Sobre la Renta (ISR), manteniéndose sin interrupciones hasta 2013, para luego quedar fijo hasta 2016. Desde 2017, esa porción exenta se mantuvo estancada hasta el momento actual.

En 2003, estalló la turbulencia financiera. El Producto Interno Bruto (PIB) real descendió un -1.9 %. La variación de precios fue del 42.66 %, alcanzando un máximo próximo al 52 % en agosto de 2004, y concluyendo ese año en 28.74 %. El salvamento del sector bancario implicó un costo cercano al 20 % del PIB. La precariedad social llegó al 42.8 % en septiembre de 2004. Fue un impacto severo.

Pese a ese entorno, la legislación se acató. El monto exento del ISR ascendió de RD$ 11,535 en 2003 a RD$ 16,456 en 2004 (+42.6 %), acorde con la inflación previa. Y desde el 28 de septiembre de 2004, la Ley 288-04 estableció un nuevo baremo con exención hasta RD$ 20,000 y ordenó la revisión anual por inflación. De hecho, hubo dos valores aplicados en 2004: de enero a septiembre y de octubre a diciembre, con la nueva tabla que consagra RD$20,000 como límite exento. Aspecto fundamental: dos administraciones y dos agrupaciones políticas lo implementaron (Hipólito Mejía hasta el 16 de agosto de 2004 y Leonel Fernández a partir de esa fecha) que en medio de la recesión cumplieron la normativa para salvaguardar el poder adquisitivo laboral.

Avancemos a 2017-2025: crecimiento sostenido, alza de precios controlada, sin crisis bancaria. El beneficio queda inmovilizado en RD$ 34,685 por disposiciones presupuestarias y resoluciones administrativas que anulan la corrección automática del Código Tributario. La consecuencia es palpable: más trabajadores pasan a tributar ISR sin haber mejorado su capacidad de compra. Es un incremento impositivo de facto sin debate ni ley específica y sin transparencia. Llamémoslo por su nombre: eliminar la indexación equivale a recaudar por la inflación.

El argumento fiscal de “no hay margen” se desmorona ante la trayectoria histórica. En 2004, con un sistema financiero deteriorado y un ajuste macroeconómico complicado, ambas gestiones respetaron la directriz de ajustar y aumentar la exención. Hoy, con estabilidad, se la mantiene quieta. No es un reto técnico. Es una determinación política con efectos regresivos que penaliza la formalidad y debilita la progresividad.

Es imperativo restaurar la actualización anual del artículo 296 a partir del próximo ejercicio fiscal, proteger el ingreso básico y rendir cuentas, calculando y divulgando cuánto se obtuvo por la falta de ajuste entre 2017 y 2025.

Las normas se acatan o se derogan. Si en los momentos más difíciles se ajustó para proteger el salario (con dos gobiernos y dos tendencias políticas), en épocas de sosiego no hay justificación alguna.

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