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SCJ desestima recursos ante la Corte de Apelaciones DN y TSA

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..., sin aportar pruebas que fundamenten sus alegaciones, sobre la existencia de intereses o prejuicios de los jueces del Alto Tribunal Administrativo durante el proceso, señala la decisión.

Santo Domingo.- El pleno de la Corte Suprema de Justicia (SCJ) ha rechazado dos denegaciones judiciales por motivos de duda política digna, una de las cuales fue interpuesto por el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) contra el Tribunal Superior Administrativo (TSA), y otro contra la Sala Penal de la Corte de Apelaciones del Distrito Nacional, por Félix Antonio Rosario Labrada, uno de los imputados en el caso de presuntas corrupción administrativa seguida por el ex fiscal general Jean Alain Rodríguez. Según un documento, la primera denuncia por duda legítima fue presentada por CARD y Miguel Surún, luego de que se inició un proceso liderado por el candidato presidencial de esta coalición, Yohan López, quien buscaba anular las elecciones del 2 de diciembre. Le puede interesar: Impugnan a todo el Tribunal de Apelaciones Empresariales Este pleno pudo constatar que en el presente caso los elementos fácticos no existen y el peticionario tampoco ha demostrado por qué su solicitud fue denegada por motivos de sospecha, duda justificable, ya que se limita a evocar las situaciones antes mencionadas.

…, sin aportar pruebas que fundamenten sus alegaciones, sobre la existencia de intereses o prejuicios de los jueces del Alto Tribunal Administrativo durante el proceso, señala la decisión. Respecto de la segunda solicitud, el pleno no determinó la pertinencia de los elementos fácticos y el solicitante no pudo acreditar que a su solicitud se le negó la admisión por duda razonable, porque no existen factores que permitan inferir que la actuación de la Corte fue parcial. .

. La imputada, Rosario Labrada, presentó la denuncia a través del defensor público Dukaski Payano Taveras, quien también había recusado previamente al juez Amauri Martínez, luego ante el pleno de la Corte de Apelaciones, lo que el célebre profesor calificó como una táctica dilatoria encaminada a dilatar el proceso. pruebas.

proceso de desarrollo. Ambas decisiones contaron con votos particulares de los jueces Fran Soto, María G. Garabito y Rafael Vásquez Goico, quienes a su juicio consideraron procedente declarar inadmisibles ambas solicitudes por carecer de fundamento jurídico, al igual que el otro caso.

casos. . .

El número reducido por duda razonable ocurre cuando toda la jurisdicción (y no solo uno o más de sus miembros) puede ser cuestionada por carecer de la objetividad necesaria para evaluar una disputa, es decir, decir que la disminución demuestra que hay incertidumbre. sobre la objetividad de todos los jueces que integran el tribunal. Los jueces firmantes fueron el magistrado Luis Henry Molina Peña, presidente de la SCJ; Manuel Ramón Herrera Carbuccia, Pilar Jiménez Ortiz, Francisco Antonio Jerez Mena, Manuel Alexis Read Ortiz, Fran Euclides Soto Sánchez, Nancy Idelsa Salcedo Fernández, Justiniano Montero Montero, Anselmo Alejandro Bello Ferreras, Rafael Vásquez Goico, Vanessa Elizabeth Acosta Peralta, Samuel Amaury Arias Arzeno, María Gerinelda Garabito Ramírez, Moisés Alfredo Ferrer Landrón y Francisco Antonio Ortega Polanco.

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