Frente a una ola populista que cree, en medio de la peligrosa atmósfera antipolítica que nos rodea, que los partidos y la política Si bien los partidos políticos son intrínsecamente malos, siempre he sostenido que los principios fundamentales papel de los partidos y sus líderes en la expresión de la voluntad del pueblo, defendiendo incluso la importancia de las finanzas públicas para su función. La defensa de los partidos, en una democracia electoral más o menos competitiva, no debería llevarnos a ignorar el papel de la sociedad civil en la participación política.
Por eso nos sorprendió ver la reacción negativa de la principales partidos políticos y sus líderes -las mismas personas que, siguiendo un credo empresarial y mercantilista equivocado, apoyaron sorprendentemente a los defensores de la visión más antipolítica de todas, no nada más que ‘unificación de elecciones’, la cara de la valiente decisión del Tribunal Constitucional en la Sentencia TC/767/24, en esencia, sólo confirma que para que un candidato sea independiente del establishment no puede requerir el apoyo de un partido político.
Podemos leer: Para proteger a los defensores de la Constitución
La decisión anterior, respecto de la acción directa inconstitucional de Alberto La presentación de Fiallo, representada por Luis Sousa Duvergé, Roberto Medina Reyes, Pedro Justo Castellanos Hernández y yo, constituye un precedente constitucional positivo e histórico que reconoce lo obvio: no es razonable exigirle a una candidatura independiente pretensiones similares derivadas de su vinculación con un partido político. fiesta. Por otra parte, el elemento Wen contiene dos grandes contrastes. En particular, la pregunta del juez Army Ferreira enfatiza la importancia de respetar al legislador ante “cuestiones políticas”, cuestiones que, en mi opinión, no deberían plantearse en tribunales constitucionales especializados como el Tribunal Constitucional, donde ningún Estado tiene leyes. escapar del control constitucional, incluso si existe una limitación a la autonomía política, que nunca puede ser irrazonable si es constitucional y siempre puede ser respetada mediante un estímulo cuidadoso, tenga cuidado con el legislador sobre cuándo proceder.
El La Corte Constitucional Dominicana, a diferencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos, es un tribunal constitucional especializado dentro de la ley orgánica de última generación. -137-11- permite -dentro de su alcance el artículo 47- ser legislador activo, agregar, eliminar y aplicar documentos legales en forma constitucional. Esto no impide que el legislador, e incluso el órgano de gobierno del Consejo Central Electoral, actúe según la interpretación del Tribunal Constitucional, aplicando así la ley de una manera aceptada por la Constitución. Lo peor que tenemos que soportar en nuestro tiempo es la antipolítica. Pero facilitar candidatos independientes no es antipolítico. Por el contrario, busca alcanzar el objetivo político de la participación y representación política directa para corregir las distorsiones de una democracia representativa encerrada en una “oligarquía de hierro” de partidos partidos.
Si, como dice Joseph Schumpeter afirmó que la democracia consiste en una libre competencia electoral en la que al menos dos competidores por el poder político, no hay competencia sana más fuerte y libre que la que se da entre los Candidatos y simpatizantes independientes, principalmente en elecciones municipales y provinciales. No hay ningún peligro en seguir a candidatos independientes. El peligro está en seguir a líderes mesiánicos y adámicos y éstos se encuentran, tanto en la izquierda como en la derecha, tanto en partidos como en nombramientos independientes.