Alexander Enríquez Castro, quien se desempeñaba como inspector de furgones en el puerto multimodal de Caucedo, confesó haber sellado un contenedor con 9.8 toneladas de cocaína que fue incautado en diciembre de 2024.
Así lo dio a conocer el fiscal de Santo Domingo Este, Milciades Guzmán Leonardo, quien explicó que, a raíz de esta confesión, el Ministerio Público solicitó a la Inspección Permanente de Fiscalías (SDE) aplicar una medida coercitiva menos severa contra Enríquez Castro, a diferencia de los demás participantes del caso Panther 7.
“En su defensa positiva explicó en qué consistió su involucramiento y que tuvo más o menos contacto con la droga, pues fue él quien selló el contenedor, aunque sabía que había una sustancia dentro y que no debió sellarlo. “Él lo reconoció y, en cooperación con el Ministerio Público, solicitamos al tribunal que le concediera la posibilidad de ponerlo bajo arresto domiciliario”, afirmó el fiscal. Juez.
“Algo especial ocurrió en el caso de nuestro acusado. La Fiscalía había solicitado en principio la prisión preventiva, pero durante la audiencia la Fiscalía decidió cambiar su posición”, agregó Víctor Castro, abogado del acusado, después de que la jueza Karen Casdo Minty decidiera reservar la decisión a Alexandru Henrique Castro en el caso Panther 7. Los acusados, José Alexander Santana Andujar (Alex), Luis Rafael García Alfonsa (El Durtero), José Nicolás Castillo Hart (Nikito), Winston Armando Tejera Rodrigue (Barbicine) Es Lugo, Dulvi Jesus de los Santos, Enriquillo Luis Brito y Enrique Hosé Luis Brito están acusados bajo los artículos 60, 265 y 266 del Código Penal de la República Dominicana, que describen la “comunidad de delincuentes”, y bajo los artículos 58, 59, 60, 75 y 85 de la Ley 50-88 sobre Estupefacientes, que describen el “tráfico ilegal de drogas y el patrocinio de drogas”.
Además, Enriquillo Luis Brito y Enrique José Luis Brito están acusados de violar los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 sobre el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, y los artículos … 3 de la Ley 155-17 sobre lavado de dinero en perjuicio del Estado dominicano.