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Entre enero y mayo de este año, 26.797 mujeres reportaron haber sufrido violencia

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Entre enero y mayo de este año, 26,797 mujeres reportaron ser víctimas de violencia de género, intrafamiliar y delitos sexuales a las unidades especializadas de la Procuraduría General de la República (PGR).

Así lo informa el Ministerio Público, indicando que, de ese total, 15,502 mujeres recibieron órdenes de protección en el mismo lapso.

La mayor cantidad de denuncias durante estos meses correspondieron a la violencia intrafamiliar, con 15,437; destacándose, por tipo de violencia, la verbal y psicológica, de la cual 9,387 mujeres denunciaron ser víctimas, seguida de la violencia física (5,870) y patrimonial (180).

8,549 mujeres denunciaron ser víctimas de violencia de género, segmentadas en 5,464 por violencia verbal y física, y 3,085 por violencia física.

En cuanto a los delitos sexuales, las unidades recibieron 2,811 denuncias, de las cuales 874 correspondieron a agresión sexual; 493 a violación sexual; 368 a acoso sexual; 819 por seducción de menores; 219 por incesto y 38 por exhibicionismo.

La ciudad capital del país es la que concentra la mayor cantidad de denuncias por este tipo de violaciones, según el informe, siendo Santo Domingo Este.

En esta demarcación se registró el mayor número de acusaciones, con 7,990.

Le siguen en la lista Santiago (2579); Santo Domingo Oeste (2,193); San Cristóbal (1,721); Puerto Plata (1,365) y San Francisco de Macorís (1,258).

El artículo 309 del Código Penal en su numeral 1 define violencia contra la mujer como cualquier acción o conducta, ya sea pública o privada, basada en su género, que cause daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, mediante el uso de fuerza física o violencia psicológica, verbal, intimidación o persecución.

Bajo este artículo, el Ministerio Público considera la violencia de género en sus modalidades física, verbal y psicológica.

En el mismo artículo, pero en el numeral 2, el texto se refiere a la violencia doméstica e intrafamiliar, sugiriendo que “todo patrón de conducta, mediante el uso de fuerza física, o violencia psicológica, verbal, intimidación o persecución, contra uno o varios miembros de la familia o contra cualquier persona que mantenga una relación de convivencia, contra el cónyuge, excónyuge, conviviente o exconviviente o pareja consensual, o contra la persona con quien haya procreado un hijo o una hija, para causarle daño físico o psicológico a su persona o daño a sus bienes, realizado por el padre, la madre, el tutor, guardián, cónyuge, excónyuge, conviviente, exconviviente o pareja consensual o persona bajo cuya autoridad, protección o cuidado se encuentra la familia”.

Añade que quienes sean hallados culpables de estas infracciones serán castigados con penas de uno a cinco años de prisión, multa de 500 a cinco mil pesos y la restitución de bienes destruidos, dañados u ocultados, si fuera el caso.

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