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Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional (TC) rechazó los recursos de revisión presentados por el Grupo Abrisa y el consorcio Aeropuerto Internacional Bávaro (AIB), que pretendían invalidar dos sentencias previas de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que impedían la ejecución de ese proyecto aeroportuario cuestionado.
Con la sentencia TC/0496/25, el TC ratificó en todas sus partes las decisiones SCJ-TS-23-1451 y SCJ-TS-24-0479, consolidando de este modo la autoridad de la cosa juzgada.
Esta decisión, adoptada por mayoría calificada, pone fin a una de las disputas legales más extensas del sector aeronáutico en el país en lo que va de siglo.
El fallo fue aprobado por once magistrados del tribunal, con votos en contra de Alba Luisa Beard Marcos y José Alejandro Vargas Guerrero.
La decisión valida además la Resolución 024/20 del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), que había declarado lesiva al interés público la autorización previa otorgada al proyecto.
Uno de los aspectos más destacados del fallo es su análisis contextual, que, si bien no entra en el fondo constitucional, pone de manifiesto múltiples irregularidades en el origen del proyecto.
Entre ellas figuran la ausencia de licitación, el uso de atribuciones indebidas por parte del Poder Ejecutivo y la participación de órganos sin competencia legal para aprobar obras aeroportuarias.
El Tribunal identificó que la Comisión Aeroportuaria, que recibió la solicitud del proyecto, no estaba facultada para aprobarlo, y que el Decreto 270-20, mediante el cual se designó directamente al consorcio AIB como desarrollador, infringió principios fundamentales de legalidad, transparencia e igualdad consagrados en las leyes 47-20 y 340-06.
Además, el TC consideró que los recursos presentados por AIB no cumplían con los requisitos procesales requeridos.
La empresa no recusó a tiempo a los jueces cuya imparcialidad cuestionaba ni solicitó audiencia pública, condiciones indispensables para ese tipo de procedimiento.
Los documentos introducidos por la Fundación Alianza Ciudadana tampoco aportaron elementos que afectaran el derecho de defensa.
Con este fallo, el Tribunal Constitucional establece una guía sobre la necesidad de cumplir rigurosamente con las normas legales y administrativas para el desarrollo de infraestructuras estratégicas.
La sentencia reafirma que el Estado tiene la responsabilidad de actuar con firmeza para salvaguardar el interés público, incluso frente a proyectos que hayan sido promovidos o parcialmente desarrollados.
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