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A solo cinco días de que finalice la legislatura, el Senado finalmente logró aprobar en segunda discusión el proyecto de ley que modifica el Código Penal, y dejó fuera dos de las tres causales de aborto: la imposibilidad de vida extrauterina, y la violación e incesto. La interrupción del embarazo era el tema más polémico.
Durante la sesión de ayer por la tarde, los legisladores terminaron de analizar y debatir las más de cien propuestas de modificación hechas por la Procuraduría General de la República. La iniciativa, que fue sancionada por unanimidad, ahora deberá ser aprobada por la Cámara de Diputados para su posterior promulgación.
Los artículos que generaron mayor tensión en el Congreso fueron aquellos ligados con temas de interés para los sectores religiosos, en especial los artículos del 109 al 112, relacionados con la penalización del aborto, y el artículo 14, que establece exenciones de responsabilidad penal para las iglesias.
En cuanto a las causales, en el nuevo texto se mantiene la penalización del aborto, y se le sumaron penas económicas que varían de 3 a 30 salarios mínimos del sector público.
En lo que respecta al artículo 14, que exime a las iglesias de responsabilidad penal, se agregó un párrafo donde se establece que, si los representantes de la entidad religiosa actúan en nombre de la misma en asuntos que comprometan la responsabilidad penal, podrán ser procesados penalmente.
Entre las modificaciones aplicadas al texto, también se eliminaron varios artículos bajo la justificación de que ya están contemplados en otros códigos, como el artículo 173 sobre apresamiento de niños, niñas y adolescentes, ya establecido en el Código del Menor, o el artículo 301, sobre infracciones estrictamente militares, dado que el Código Militar regula sus actos disciplinarios.