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En medio del debate sobre la ambiciosa meta de duplicar el PIB real de la República Dominicana en la próxima década, surgen dos preguntas cruciales: ¿qué sectores realmente tienen el potencial de impulsar un crecimiento de esa magnitud? Y, ¿qué obstáculos han frenado tanto a las industrias que ya muestran desarrollo como a aquellas que aún no logran despegar?
Dentro de la primera cuestión, habrá que determinar, además, si hay nuevos sectores de la economía con potencial para impactar significativamente la expansión del PIB. Es ahí donde examinar el sector cultural adquiere particular relevancia para esta serie de artículos que he venido publicando.
Un alto costo de oportunidad
Para este 2025 se proyecta que el sector turismo aportará más de 21 mil millones de dólares al PIB, equivalentes al 15.8% de la economía nacional (WTTC/Oxford). Dicho esto, el costo de oportunidad estimado por no integrar la cultura de forma estratégica al turismo podría ser de más de 8 mil millones de dólares anuales, equivalentes a cerca del 6% del PIB.
Nuestro patrimonio histórico y cultural es un elemento clave para impulsar una nueva ola de crecimiento económico a través de uno de los motores más importantes de la economía dominicana: el turismo. De modo que el desarrollo de una infraestructura cultural — museos, monumentos y otros espacios de valor patrimonial e histórico — en nuestras ciudades resulta esencial para transformar la industria turística. Esto permitiría evolucionar de un modelo centrado exclusivamente en el “sol y playa” hacia uno que también integre la riqueza cultural y urbana del país.
Sin embargo, para lograr una verdadera articulación entre cultura y turismo, es indispensable promover cambios normativos e institucionales en el ámbito municipal, ya que hoy persiste una marcada desconexión entre ley, gestión cultural, oferta turística y gobierno local. Urge pues un proceso de reforma de estos sectores, empezando por medidas urgentes como la modificación de las leyes de turismo y de cultura en aras de capitalizar este potencial económico desaprovechado.
Cultura y turismo en un nudo de leyes: pistas para una reforma urgente
En la actualidad, el ordenamiento jurídico dominicano cuenta con al menos cuatro legislaciones fundamentales sobre las cuales debe basarse una reforma que impulse una nueva ola de expansión económica y genere sinergias entre los sectores turismo y cultura: 1) la ley orgánica de turismo 541 de 1970; 2) la ley 158-01 de fomento al desarrollo turístico para los polos de escaso desarrollo, de 2001; 3) la ley 41-00 de cultura, de 2000; y, 4) la ley 340-19 de fomento al mecenazgo en la República Dominicana, de 2019.
El problema central de estas disposiciones legales radica en lo siguiente: por un lado, tanto la ley 541 de turismo, como la Ley 158-01 de fomento al turismo excluyen al patrimonio cultural como elemento coadyuvante en el desarrollo de este sector y, por ende, en la generación de riquezas. Por otro lado, la ley 41-00 de cultura carece de una perspectiva económica orientada al incremento del PIB cultural; mientras que la ley 340-19 de mecenazgo cultural basa sus principios en el ánimo de beneficencia y no en el lucro característico del comercio, lo que la torna ineficaz en la práctica. En consecuencia, entre estas cuatro leyes no existe un vínculo lógico ni coherente que permita generar sinergias para el pleno aprovechamiento económico de ambas industrias.
Si millones de turistas solo viajan del aeropuerto al hotel y regresan a sus países, la economía de hoteles y aeropuertos prosperará, pero el PIB cultural permanecerá intacto. Como hemos indicado, constituye un costo de oportunidad enorme, pues construir un museo en la República Dominicana o en México resulta mucho más viable que en otros países de la región: cada año recibimos un público cautivo que, en el caso dominicano, supera incluso nuestra propia población.
Si durante décadas el país ha cedido ingresos fiscales en beneficio de inversionistas del sector turismo, incluso sacrificando — y a veces poniendo en riesgo — parte del patrimonio ambiental, ¿qué razón lógica podría impedir crear los mismos incentivos fiscales para promover la inversión en un sector tan estratégico para el turismo como lo son las infraestructuras culturales? De hecho, sería la mejor vía para fundar una industria que no existe en la actualidad.
La cultura no fue invitada a la ley de fomento al turismo
Más allá de la ley 541, orgánica de turismo de 1969, este sector ha sustentado su desarrollo casi exclusivamente en la ley 158-01 de fomento al turismo; sin embargo, esta legislación presenta un grave error estratégico que debe ser corregido. El artículo 3 de la ley enumera una larga lista de actividades que pueden recibir importantes incentivos y beneficios — desde la construcción de hoteles hasta plantas de tratamiento de desechos sólidos — , pero la cultura brilla por su ausencia y no se la reconoce como un rubro de potencial económico.
Extrañamente, la ley no contempla la posibilidad de construir museos, proyectos de revalorización de edificaciones históricas, teatros, templos, monumentos, galerías, centros culturales, eco-museos, entre otros proyectos de carácter cultural con impacto directo y considerable en el turismo.
La solución a este grave error estratégico en la ley sería modificar el catálogo de proyectos susceptibles de recibir incentivos, y dejar claramente establecidos dentro de su ámbito la construcción y desarrollo de proyectos culturales.
Un buen caso de estudio sería, por ejemplo, la ley Malraux, impulsada en Francia en 1962 por el exministro de cultura André Malraux, la cual ha sido fundamental para la revalorización de edificios históricos y culturales. Esta normativa ofrece beneficios fiscales a los inversionistas, facilitando la rehabilitación de inmuebles a menor costo y aumentando su valor. Así, las ciudades mejoran su patrimonio cultural y estético, consolidándose como destinos atractivos para el turismo cultural.
La débil ley de mecenazgo cultural: de la filantropía a la inversión
Nuestra ley de mecenazgo cultural no es un terreno fértil para lograr resultados importantes. Esta norma promueve acciones dispersas, generando como beneficio pequeños créditos fiscales que no permitirán la expansión del PIB cultural. Se necesita una ley que incentive grandes inversiones en este sector, ofreciendo beneficios atractivos a las dinámicas económicas que generan riquezas.
Otro efecto adverso de esta ley es que su artículo 34 atomiza los esfuerzos y aportes del sector privado, orientándolos estrictamente a proyectos de “interés cultural sin fines de lucro”, lo que hace que la norma pierda potencia.
Esta ley es insuficiente para impulsar un sector cultural económicamente vibrante que impacte de manera significativa en la economía nacional. Sería necesario modificarla tan a fondo que incluso su naturaleza jurídica debería transformarse, convirtiéndola en una ley de promoción de la inversión en infraestructuras culturales, con incentivos de igual envergadura a los que hoy se otorgan al turismo. De hecho, cabe preguntarse si no sería más conveniente aprobar una nueva ley. Asimismo, resulta imprescindible integrar, sin ambigüedad, el modelo público-privado de inversión como principio transversal de la legislación cultural. Con ello, veríamos multiplicarse en todo el territorio nacional grandes proyectos culturales capaces de generar empleos, divisas y riqueza para el país.
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