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El tribunal dispuso la celebración de un nuevo proceso judicial contra Rosa Antonia Disla, iniciando la valoración de los elementos probatorios desde el principio.
La Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional revocó la condena a cinco años de prisión impuesta a Rosa Antonia Disla, madre del coronel Rafael Núñez de Aza.
El juzgador, a cargo de la Cámara, tomó la determinación después de admitir un recurso de apelación presentado el 14 de marzo pasado por los abogados Félix Humberto Portes Núñez y Esthefany Paoly Fernández, actuando en representación de Antonia Disla.
En la parte resolutiva del fallo, la Corte de segunda instancia anuló la sentencia condenatoria del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional y ordenó la realización de un nuevo juicio, empezando de cero, para una nueva valoración de las pruebas presentadas.
Se argumenta que la decisión constituye un auténtico acto de justicia, pues el tribunal reconoció que la resolución anulada contenía graves errores en la apreciación de los hechos y en la aplicación del derecho.
Entre los fundamentos que motivaron la revocación destacan la falta de motivación de los magistrados respecto a la supuesta transferencia de fondos y la ausencia de explicación por parte del tribunal de primera instancia sobre cómo el hijo de la acusada, Rafael Núñez de Aza, habría entregado dinero a su madre para la compra de inmuebles.
Asimismo, se subrayó la inexistencia de un “delito precedente” irrevocablemente juzgado, al tiempo que se señaló que Núñez de Aza no posee una condena firme, lo cual imposibilita sustentar una imputación de lavado de activos sobre hechos aún no declarados probados, además de un error en la fecha de adquisición del bien.
Portes Núñez manifestó que, aunque el Ministerio Público sostenía que la compra se realizó entre 2010 y 2021, se demostró que el bien procedía de un contrato de compraventa de 1997, lo que desvirtúa la acusación y elimina el vínculo con los hechos investigados.
Con esta resolución, la Corte de Apelación reafirma los principios de tutela judicial efectiva, debido proceso y presunción de inocencia, al establecer que no se pueden atribuir responsabilidades penales sin pruebas claras, directas y suficientes.
Asimismo, se destacó que este fallo representa no solo un triunfo jurídico, sino también una señal inequívoca de que los errores judiciales deben ser corregidos en nombre de la justicia y del respeto a los derechos fundamentales.
Cabe señalar que el Tercer Tribunal Colegiado había condenado a Antonia Disla a cinco años de prisión suspendida tras ser hallada culpable de lavado de activos como parte del entramado de corrupción desmontado.
Según el Ministerio Público, Disla actuó como testaferro de su hijo, gestionando bienes y recursos obtenidos ilícitamente dentro del esquema corrupto. El coronel Rafael Núñez de Aza, quien según la acusación era la cabeza financiera del entramado, es señalado como uno de los principales imputados en el caso Coral y Coral 5G.
De acuerdo con la acusación, Núñez de Aza forma parte de la red que desvió más de 4.500 millones de pesos del Estado mediante maniobras fraudulentas, como la simulación de contratos, la creación de nóminas irregulares y la malversación de fondos públicos. Parte de los recursos sustraídos se ocultan a través de testaferros, entre ellos familiares cercanos como su madre, Rosa Antonia Disla.
El tribunal también ordenó el decomiso de una propiedad ubicada en la Autovía del Nordeste, municipio de Sabana Grande de Boya, provincia de Monte Plata. Según la tasación presentada por el Ministerio Público y aceptada por el Tercer Tribunal Colegiado, dicha propiedad tiene un valor de 474.528 dólares.
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