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Sonia Bermejo conoce a fondo el aparato judicial. En ocasiones, participa como testigo experto aportando su perspectiva como psicóloga especializada. Otras veces, actúa como facilitadora procesal, procurando que los componentes del sistema de justicia funcionen de manera simple y comprensible para quienes lo utilizan, además de instruir a futuros facilitadores.
Plena Inclusión España lleva más de treinta años brindando apoyo a individuos con discapacidad intelectual y del desarrollo en tribunales y centros penitenciarios. Esta psicóloga y facilitadora suma más de 20 años de trayectoria con este grupo, como Coordinadora de Acceso a la Justicia de Plena Inclusión Andalucía para el Programa de Atención Integral a personas con discapacidad intelectual y del desarrollo encarceladas, antiguas reclusas o que cumplen medidas alternativas. “Desde hace mucho hacemos este rol sin haberle puesto un nombre”, comenta en una conversación con Servimedia.
Bermejo rememora cómo se desenvolvían las cosas en aquel tiempo. “Había que entrar en los juzgados para solicitar ayuda para estas personas”. Todo cambió con la promulgación de la Ley 8/2021 del 2 de junio, que modificó la normativa civil y procesal para asistir a personas con discapacidad en el ejercicio de sus derechos legales. La nueva legislación introdujo un perfil profesional inédito: el facilitador procesal, del que se ha hablado mucho últimamente, ya que es quien asiste al presunto agresor de Mateo, el menor de 11 años apuñalado en Mocejón, Toledo.
La coordinadora del Área Jurídica de Plena Inclusión España, Inés de Araoz, admite en declaraciones a Servimedia que “si desde el inicio hay indicios de que una persona (ya sea sospechosa o víctima) pudiera tener una discapacidad intelectual, es imperativo paralizar cualquier proceso para prevenir cualquier perjuicio o transgresión de sus derechos procesales”.
Es en ese instante cuando el facilitador procesal “entra en escena”. “Él determina qué asistencia requiere la persona y se ocupa de proporcionarla”, aclara de Araoz, enfatizando que esta nueva figura debe ser un profesional imparcial, pues “no debe influir en el proceso”.
La asesora de Plena Inclusión España recalca que este perfil “no tiene relación alguna con la evaluación de la discapacidad ni con la práctica de informes periciales”. Eso es tarea de los peritos, quienes “a menudo generan evidencia”. La nueva ocupación tiene un propósito claro: “salvaguardar el derecho de la persona con discapacidad intelectual a comprender y ser comprendida”, señala de Araoz.
MÁS DE 80 FACILITADORES PROCESALES
Plena Inclusión opera en 13 Comunidades Autónomas, lo que implica tener presencia en cerca del “75% de las prisiones de España con un equipo de 83 facilitadores procesales”, expone la psicóloga y facilitadora procesal, Sonia Bermejo.
El año pasado, ella dirigió un curso de capacitación piloto para estos nuevos profesionales a través de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). El objetivo era “certificar la asimilación de los conocimientos y capacidades esenciales para desempeñar la labor del facilitador, dada la trascendencia que esta actividad tiene en el acceso equitativo a la justicia para las personas con discapacidad”.
Los facilitadores procesales provienen de campos muy diversos: psicología, trabajo social, pedagogía, terapia ocupacional, criminología, psicopedagogía o logopedia, entre otros.
Sonia Bermejo indica que la presencia de este perfil profesional varía según la Comunidad Autónoma y expresa su esperanza de que “esta profesión se vaya regulando paulatinamente”.
“El facilitador no debe confundirse con el acompañante de la persona con discapacidad intelectual”. De hecho, la figura del acompañante coexiste con este nuevo rol, pero no existe vínculo entre ellos. “Se trata de un individuo de confianza que elige la persona con discapacidad, generalmente porque le ofrece seguridad o es alguien conocido o en quien confía”, argumenta.
Pero cuando se trata de identificar las ayudas necesarias para ‘simplificar’ el recorrido por los caminos complejos de la justicia, y proponer adaptaciones al procedimiento, ahí es donde intervienen: los facilitadores procesales.















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