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Reforma. El mandatario Donald Trump promulgó una enmienda al Decreto Ejecutivo que estableció a principios de 2025 para fijar nuevas tasas arancelarias a las exportaciones con destino a su país.
Por medio de la modificación al Decreto Ejecutivo 14257, la Administración estadounidense resolvió aplicar gravamen nulo a más de 1,000 artículos, de los cuales la República Dominicana remite US$581 millones a ese mercado.
La normativa, dictada por el presidente Donald Trump y que entró en vigor el pasado jueves 13 de noviembre, altera el “Clasificador Arancelario Armonizado de Estados Unidos” para los bienes importados para consumo o liberados de almacén para consumo, según indica la resolución publicada en el sitio web oficial de la Casa Blanca.
La noticia fue comunicada al LISTÍN DIARIO por el titular de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), Víctor -Ito- Bisonó, quien afirmó que esta acción representa un considerable ahorro en el pago de tributos que beneficia a los exportadores dominicanos de bienes como cacao, oro, fármacos, semiconductores, aguacate, banano, café, tomate, mango, guayaba, coco, plátano, lechosa, entre otros.
Subrayó que “el Ejecutivo dominicano proseguirá las pláticas e intercambios comenzados desde abril del presente año, con las distintas entidades norteamericanas, con el objetivo potencial de sumar más productos a esta lista de exenciones, para llevar la mayor parte de nuestras exportaciones al impuesto cero”.
En la disposición, el presidente Donald Trump expone que “luego de evaluar la información y las sugerencias que me han sido presentadas, la situación de las negociaciones con diversos socios comerciales, la demanda local actual de ciertos artículos y la capacidad productiva interna presente para elaborarlos, entre otros factores, he determinado que es pertinente y necesario modificar aún más el alcance de los bienes sujetos al tributo recíproco impuesto bajo el Decreto Ejecutivo 14257, en su versión modificada”.
Añade el líder estadounidense que, puntualmente, la orden precisa que ciertos productos agrícolas no serán gravados con el impuesto recíproco establecido en el Decreto Ejecutivo 14257, en su versión revisada.
Manifiesta que el Secretario de Comercio y el Representante Comercial de Estados Unidos seguirán supervisando las condiciones vinculadas a la emergencia declarada en el Decreto Ejecutivo 14257 y dialogarán periódicamente sobre dichas condiciones con cualquier funcionario de alto nivel que consideren oportuno.
Trump sostiene que dichos funcionarios lo mantendrán al tanto de cualquier situación que, a su juicio, pudiera ameritar que el Presidente adopte más acciones.
Fundamento para la aplicación de gravámenes
En el documento, el presidente Trump explica que tras constatar desbalances comerciales anuales de mercancías de Estados Unidos grandes y continuos que representaban un riesgo inusual y excepcional para la seguridad nacional y la economía estadounidense, resolvió declarar una contingencia nacional e imponer “ciertos derechos ad valórem” que estimó necesarios y adecuados, a un catálogo de bienes que, según su criterio, no debían someterse a dichos derechos.
Contexto histórico
A mediados de abril del año en curso, Estados Unidos aplicó un 10% de aranceles a los productos que la República Dominicana exporta a su territorio, a pesar de lo estipulado en el Tratado de Libre Comercio DR-Cafta.
Esta medida ha repercutido negativamente en los diversos sectores productivos, particularmente en las Empresas de Zonas Francas.
El Gobierno, coordinado por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), Hacienda y de Relaciones Exteriores, estableció un Grupo de Trabajo Intersectorial y promovió reuniones negociadoras de alto nivel con EE.UU.















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