La representación legal de Daniel Guerrero Méndez sostuvo que la acusación del Ministerio Público en el caso Calamar obedece a que es descendiente del exministro de Hacienda Donald Guerrero, también implicado en el proceso por corrupción administrativa. Solicitaron a la jueza del Cuarto Juzgado de la Instrucción, Altagracia Ramírez, emitir un Auto de “no ha lugar” a su favor.
El letrado Claudio Estefan, líder del equipo defensor, aseveró que su representado es blanco de una indagatoria “sesgada, injusta y carente de objetividad” por parte del ente persecutor.
Segmentó la imputación fiscal en dos ejes principales: uno sobre presuntos pagos indebidos en expropiaciones, y otro referente a una línea de crédito, siendo este último en el que se intenta involucrar al vástago de Donald.
Para evidenciar la presunta inocencia del acusado ante el tribunal, Estefan centró la defensa en la cronología de los supuestos actos ilícitos señalados por el MP y las inconsistencias en la acusación.
Mencionó que, según la imputación, los hechos bajo escrutinio del MP en el caso Calamar que conciernen a Daniel ocurrieron entre 2013 y 2020.
Detalló que todo inició el 10 de mayo de 2013 con un convenio para la adquisición de cemento asfáltico AC30, rubricado entre las compañías Petroleum Training Group y Sargeant Petroleum, del empresario Mustafá Abú Naba; e Intercaribe Mercantil, propiedad de José Miguel González Cuadra y Donald Guerrero.
Explicó que Mustafá es un empresario exitoso que, mediante sus empresas, ha gestionado por más de dos décadas la importación de AC30 para el Estado, mientras que Intercaribe se dedica a la importación de dicho material, siendo “uno de sus principales adquirentes el señor Mustafá”.
Detalló que el pacto establecía que Intercaribe procuraría el AC30 en el exterior con los proveedores internacionales, lo entregaría a las firmas de Mustafá, y este, a su vez, lo suministraría al Ministerio de Obras Públicas.
“Pero el órgano acusador viene ante usted y le lee: ‘he aquí al coautor (Daniel) de una supuesta extorsión a este señor ÁRABE’, quien, por cierto, no se atrevió a presentar una denuncia ni a mirar a los ojos a Daniel ni a nadie para afirmar que fue víctima de extorsión. ¡Jamás lo hizo!, y eso tiene un peso”, puntualizó la defensa del hijo de Donald.
Añadió que, además, el nombre del implicado no aparece en el contrato, ni en las declaraciones, ni en la documentación, ni en el dicho de ningún testigo.
FUE UN ACUERDO PRIVADO
Aseveró que todo se desarrolló en el ámbito de gestiones privadas entre dos empresas y el Banco de Reservas, el cual otorgó un financiamiento de USD15 millones a Intercaribe Mercantil antes de que Donald Guerrero asumiera un cargo oficial.
Aclaró que ese capital era para comprar el material AC30, transportarlo a República Dominicana y entregarlo a las compañías de Mustafá, para que este lo remitiera al Estado Dominicano a través del Ministerio de Obras Públicas.
Indicó que, según datos de la acusación, el 14 de mayo de 2014, un año después de la firma del convenio, Daniel ingresó “como apoderado” de Intercaribe, y el 17 de febrero de 2016 (cuando su padre aún no era funcionario), rubricó una nueva prórroga de línea de crédito con Banreservas, “e Intercaribe es incorporada al Programa de Financiamiento de Contratistas del Estado” por el Banco de Reservas.
Es decir, que la decisión de incluir a Intercaribe en el Programa recayó en el Banco de Reservas, una institución bancaria con identidad jurídica propia, no en el Estado Dominicano”, pero además, sumó la defensa, “Daniel lo firma como representante legal de Intercaribe que es”, enfatizó.
RETIRO DE USD9 MILLONES
Señaló que el aludido Daniel vuelve a estar mencionado en la imputación el 16 de febrero de 2020, cuando supuestamente retiró de forma ilícita USD9 millones, depositándolos en una sociedad mercantil del país, cuyo nombre la defensa prefirió omitir.
La defensa inquirió: ¿De qué forma, al refrendar extensiones de crédito bancario, retirar fondos y depositarlos a un tercero, como sostiene la acusación del MP, se tipifica un cargo contra Daniel por extorsión, lavado de activos, uso de documentos falsos, fraude contra el Estado y asociación de malhechores?
“Solo hay una explicación, magistrada: es por ser hijo de Donald Guerrero, por cuestiones de parentesco… una imputación puramente subjetiva, que vulnera el principio de culpabilidad entre otros aspectos menos relevantes. De eso trata este asunto”, concluyó la defensa de Daniel.
Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.















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