Recordó que los reglamentos de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas vedan cualquier tipo de relación en las instalaciones de trabajo, sin importar la orientación sexual.
El juez del Tribunal Constitucional, José Alejandro Vargas, se refirió a la decisión emitida por ese órgano que elimina la sodomía en la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, señalando que la normativa disciplinaria de ambas instituciones “tiene una sanción igual o superior al derecho penal”.
Recordó que los reglamentos de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas vedan cualquier tipo de relación en las instalaciones de trabajo, sin importar la orientación sexual.
Al dialogar en el programa “El sol de la mañana”, mencionó que, si bien esas disposiciones no son aplicadas por esos cuerpos de seguridad, dado que fueron derogadas con la promulgación de la Ley 278-04, del Código Procesal Penal, que solo anuló las penas penales (manteniendo las disciplinarias), el caso fue revisado y era necesario emitir un fallo.
“Esto sigue siendo sancionado, esa conducta se sigue castigando en las Fuerzas Armadas y en la Policía Nacional… En la sanción disciplinaria, la Policía puede retener al infractor hasta 30 días en el cuartel y luego destituirlo… Estamos hablando de que esto no es un delito, es una falta de disciplina”, afirmó Vargas.
Detalló que la Constitución de 2010 establece una serie de principios que el Tribunal Constitucional debe considerar al dictar una sentencia.
El magistrado indicó que tanto el artículo 2010 de la Ley 285 (que instituye el Código de Justicia de la Policía Nacional) como el artículo 260 de la Ley 3483 (que crea el Código de Justicia de las fuerzas armadas) eran contrarios a la Constitución porque penalizaban exclusivamente las relaciones homosexuales y no las heterosexuales.
Comentó que todos los magistrados, con votos minoritarios y salvados, coincidían en la inconstitucionalidad de la ley, aunque cada uno proponía un camino diferente, “pero estábamos conscientes del error, del hecho”.
“Si un amigo mío tiene esa inclinación y con base en este dictamen actúa de cierta manera, sabe que habrá consecuencias porque disciplinariamente será penalizado y le impondrán días de reclusión”, expresó José Alejandro Vargas.
Informó que hasta la fecha ni la Policía Nacional ni las Fuerzas Armadas han llevado ante la justicia a ninguno de sus miembros por ser homosexual.
El pasado 18 de noviembre, el Tribunal Constitucional emitió la sentencia TC/1225/25, la cual suprimió la sodomía y las penas de prisión que esta acción, “definida como cópula entre personas del mismo sexo”, acarrea para los miembros de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.
Desde la divulgación de este fallo, las congregaciones religiosas del país, así como agrupaciones sociales y políticas, han manifestado su rechazo a la decisión.
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