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Tribunal Constitucional y nexos inapropiados en la Policía Nacional: parecer del magistrado José Alejandro Vargas

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En todo el tiempo que llevo en esta función, jamás he tenido conocimiento de un suceso de esa índole, sí de otras problemáticas, pero no de esa".

| El magistrado del Tribunal Constitucional (TC), José Alejandro Vargas, examinó el reciente dictamen de esa Alta Instancia que anula preceptos legales que sancionaban los actos sexuales entre individuos del mismo sexo dentro de las estructuras militares y policiales.

De acuerdo con Vargas, anteriormente la regla contemplaba penas que oscilaban entre dos y seis meses de cárcel por sostener vínculos considerados inadecuados en la institución. No obstante, en la práctica, la institución policial imponía un sistema de corrección interno que conllevaba hasta 30 días de privación de libertad en servicio, lo cual era análogo a una forma de reclusión dentro de las instalaciones policiales. Adicionalmente, en ciertas ocasiones, la sanción podía escalar hasta el despido permanente del organismo.

La conversación tuvo lugar en el espacio matutino El Sol de la Mañana de RCC Media, segmento donde el jurista aportó pormenores acerca de la trascendencia del fallo y su efecto en la legislación disciplinaria de los cuerpos de seguridad.

Mencionó que la Ley 3483, sancionada en 1953 bajo el régimen de Rafael Leónidas Trujillo, vetaba explícitamente las uniones homosexuales, disposición que fue retomada en la Ley 285 de 1966. Aun así, tales disposiciones fueron abolidas con la Ley 278-04, lo cual, según algunos expertos legales, vuelve irrelevante la recién emitida decisión del Tribunal Constitucional.

“La institución policial no somete a procesos penales a sus integrantes por conductas homosexuales, pues ese sistema de castigo, aparte de contravenir la Carta Magna, originaría litigios prolongados sin consecuencias reales”, sostuvo Vargas.

“En el ámbito castrense está prohibido tener vínculos con colegas, sin importar si son varones o mujeres. Al descubrirse, se aplica un correctivo disciplinario, y el Tribunal Constitucional ha respaldado dichas separaciones”, añadió.

El juez también puso en duda la oportunidad de la resolución:

“Parece que se legisla respondiendo a una agenda que no se ajusta a las urgencias de la ciudadanía. En todo el tiempo que llevo en esta función, jamás he tenido conocimiento de un suceso de esa índole, sí de otras problemáticas, pero no de esa”.

Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

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