Nacionales Política Primera Plana

Soberbia ilícita

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Haciendo de la discreción una herramienta ilegal.Reglas procesales basadas en el principio de presunción de hecho ingenuo, verbal e independiente.

La restricción que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) pretende imponer al acceso de la prensa a la información contenida en actas y boletines judiciales constituye una arrogancia ilícita de carácter jurídico y viola derechos constitucionales relacionados con la libertad de expresión e información. .

El reglamento del Departamento de Justicia sobre la “Política de Protección de Datos” presentado por el presidente de la JCE, Luis Henry Molina, con piel de conejo superpuesta a la anatomía de un lobo viola el principio de transparencia del sistema judicial.
Para defender este absurdo, el juez Molina dijo que la iniciativa de la Corte Suprema tiene como objetivo proteger información personal innecesaria en las decisiones judiciales, al buscar un equilibrio entre derechos estar informado y respetar la vida privada.

La autoridad judicial será responsable de establecer qué datos del expediente cumplen la condición de «irrelevantes» o su divulgación que ponga en peligro la reputación del sospechoso, imputado o interviniente. , haciendo de la discreción una herramienta ilegal.

Reglas procesales basadas en el principio de presunción de hecho ingenuo, verbal e independiente. , imparcialidad, contradicción, apertura y motivación de las decisiones judiciales, esto por sí solo es suficiente para asegurar la pureza y transparencia de las acciones de represión judicial.
No existe jurisprudencia conocida de la propia SCJ o del Tribunal Constitucional que confirme el intento de este tribunal de legislar unilateralmente, interviniendo explícitamente dentro de la competencia del legislador, estableciendo un mecanismo a través del cual tiene el derecho de prohibir o restringir el libre acceso en expedientes judiciales

El juez Molina dijo que en otros países se aplican políticas de protección de datos en el sector judicial, pero en República Dominicana velar por la reputación, el bien personal o la dignidad está protegido por la Constitución y las leyes adjetivas, por lo que no hay necesidad de oscuridad.

Lo deseable es que participe el Pleno de la SCJ, la Asociación de la Prensa Dominicana y el Colegio Dominicano de Periodistas entrar en un diálogo franco para buscar consensos que no violen el derecho a la libertad de acceso a la información, sin más restricciones que las que marca la ley, porque sabemos que el camino lleva al infierno empedrado de buenas intenciones.

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