Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.
La magistrada Fátima Veloz determinó que Rizik Rodríguez cumpla la medida cautelar en su domicilio, aduciendo motivos de edad y salud, según informó su abogado Hiroito Reyes, quien asume la defensa junto con Janet Peralta Rodríguez. Con esta decisión, la jueza desestimó una solicitud de los fiscales de la Unidad de Prevención y Persecución de la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales del Distrito Nacional, quienes buscaban que se le impusiera prisión preventiva. Rizik Rodríguez salió recientemente de prisión luego de cumplir una condena de 10 años por tenencia ilícita de armas y lavado de activos. La acusación contra Rizik Rodríguez se basa en el artículo 332-1 del Código Penal Dominicano, que define el incesto como “todo acto de naturaleza sexual cometido por un adulto mediante engaño, violencia, amenaza, sorpresa o coacción en la persona de un niño, niña o adolescente con el cual estuviere unido por lazos de parentesco natural, legítimo o adoptivo hasta el cuarto grado o por lazos de afinidad hasta el tercer grado”. Adicionalmente, se le imputan violaciones a la Ley 136-03, en su artículo 396, incisos b y c, conocida como el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, que procura asegurar el ejercicio pleno de los derechos de los menores en República Dominicana. Durante estos 10 años, Winston Rizik fue objeto de un intento de asesinato en prisión, y dos jueces fueron destituidos por anular su primera sentencia condenatoria. En septiembre pasado, el juez de Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de Santiago, Julio César Araujo Díaz, dispuso la libertad de “El Gallero” tras cumplir la condena privativa de libertad impuesta por la acusación de posesión de 10 kilos de cocaína y un arsenal de alto calibre, incluyendo un fusil RM, un M-16, varios cargadores y dos miras telescópicas, hallados en una residencia suya ubicada en una comunidad de Monte Plata. Tras entregarse voluntariamente a las autoridades el 5 de septiembre de 2014, comenzó la judicialización de este caso inicialmente por narcotráfico, lavado de activos y porte ilegal de armas. En ese momento, Francisco Domínguez Brito era el procurador general de la República y Julio César Souffront Velázquez el presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD).
Agregar Comentario